Cuándo aplica
Un servicio nuevo en media tensión entra siempre al régimen de Aportaciones: se solicita con el Formato 1 y CFE responde con un presupuesto de las obras que necesita tu conexión (trámite 353 de la Ventanilla Única de Energía). Desde el 26 de enero de 2026 rige el Acuerdo CRE A/065/2023, que abrogó el Reglamento de Aportaciones (RLSPEEMA) de 1998 y los Criterios y Bases, aunque todavía vienen muchos OPO calculados con ese reglamento; revisa con cuál viene el tuyo.
- Con la regla del Reglamento de Aportaciones, abrogado desde el 26 de enero de 2026 pero con el que todavía vienen muchos OPO: la aportación en media tensión se compone de un cargo por obra específica y, sólo si la demanda solicitada pasa de la demanda normal de servicio de 200 kVA, de un cargo por ampliación (RLSPEEMA, artículos 7 y 16, fracción I). No existía, como en baja tensión, una exención total por estar cerca de la red (artículo 27, fracción I, que sólo aplicaba a baja tensión).
- Con el Acuerdo A/065/2023, que es la norma vigente: el tope fijo de 200 kVA desaparece y lo sustituye un valor presente neto (VPN) del cobro esperado de tarifa en media tensión, que el Distribuidor debe publicar por región (numeral 3.16).
El Formato 1 que presentas se llama oficialmente "Solicitud de Servicio de Energía Eléctrica Bajo el Régimen de Aportaciones"; ante la Ventanilla Única de Energía, ese trámite está registrado como "Servicios de Energía Eléctrica, susceptible al pago de una cuota (Aportación) por parte del solicitante o usuario". Para la parte de contratación en media tensión propiamente dicha, el trámite es "Solicitud de Energía Eléctrica en Media y Alta Tensión para Industria y Espacios Públicos", a cargo de la Coordinación Comercial de CFE.
Documentos por tipo de solicitante
Persona física
- Identificación oficial vigente con fotografía del titular — Cliente
- Constancia de situación fiscal (RFC) — Cliente
- Carga y demanda por contratar, o listado de equipos y cuadro de cargas — Contratista (lo elabora con base en el proyecto)
- Croquis de localización con georreferencias — Contratista
- Carta poder simple, firmada ante dos testigos con copia de identificaciones, cuando un tercero hace el trámite en tu nombre — Cliente
- Uso de suelo y constancia de alineación (documento municipal) — Cliente
- Proyecto eléctrico (cuadro de cargas y diagrama unifilar), firmado por perito con cédula profesional — Contratista
- Gestión de la verificación de la instalación eléctrica ante una unidad autorizada por la SENER (dictamen UVIE) — Contratista
- Oficio de notificación de autorización para contratar en media tensión, o de conexión del CENACE si es alta tensión — CFE
- Pago del depósito en garantía, que se calcula según la demanda contratada en kW — Cliente
- Firma del contrato de suministro de energía eléctrica — CFE (lo genera CFE una vez pagado el depósito; tú lo firmas para formalizarlo)
Persona moral
Los mismos documentos de la lista anterior, más:
- Acta constitutiva o acta de asamblea (copia simple) — Cliente
- Documento que acredite la representatividad: escritura pública del poder o de las facultades otorgadas al representante — Cliente
- Identificación oficial vigente con fotografía del representante legal — Cliente
- Poder notarial, cuando se designa formalmente a un representante legal para el trámite — Cliente
Varía por zona el detalle exacto de qué acredita la propiedad del predio: las fichas oficiales de media y alta tensión no listan un "comprobante de domicilio" como en baja tensión, así que conviene confirmarlo con el Centro de Atención a Clientes de tu división.
Quién elabora, quién emite, quién aporta
| Elabora el contratista | Emite CFE | Aporta el cliente |
|---|---|---|
| Carga y demanda / cuadro de cargas | Respuesta al estudio de factibilidad (si se pidió) | Identificación oficial (titular o representante) |
| Croquis de localización georreferenciado | Oficio de notificación de autorización para contratar (o autorización del CENACE en alta tensión) | Acta constitutiva y poder notarial (persona moral) |
| Proyecto eléctrico: cuadro de cargas y diagrama unifilar | Oficio de Presupuesto de Obra (OPO) | Constancia de situación fiscal |
| Gestión de la verificación de la instalación (UVIE) | Oficio de Aprobación de Obra (se emite tanto en obra menor como en obra mayor) | Carta poder simple, si aplica |
| Documentación de cierre si la solicitud deriva en obra: planos definitivos, inventario físico valorizado, informes de laboratorio, facturas con endoso a favor de CFE | Acuses de las etapas de construcción y Acta de Entrega-Recepción | Uso de suelo y constancia de alineación |
| Carta responsiva de la obra, junto con el cliente | Oficio para Contratación y, con él, el contrato de suministro | Pago del depósito en garantía y de la aportación |
En qué orden va el trámite
- (Opcional) Estudio de factibilidad. Lo pides tú antes de presentar la solicitud formal; CFE debe responder en un máximo de 3 días hábiles.
- Presentas la Solicitud de Servicio de Energía Eléctrica bajo el Régimen de Aportaciones (Formato 1), con la carga y demanda o cuadro de cargas, tu identificación y, si aplica, la carta poder o el poder notarial. CFE tiene 10 días hábiles después de recibida la solicitud para responder bajo este régimen (30 días hábiles si es una solicitud agrupada que requiere la opinión del CENACE, según la tabla de plazos del Acuerdo A/065/2023); para el trámite específico de contratación en media y alta tensión, el plazo declarado es de 3 días hábiles en zona urbana y 5 en zona rural.
- CFE emite el Oficio de Presupuesto de Obra (OPO): el documento con el que te comunica las características del servicio, las obras necesarias, el monto de la aportación y el plazo de construcción. Tiene una vigencia de dos meses contados a partir de su notificación (Acuerdo A/065/2023, numeral 6, y Anexo B, apartado B.5); si se vence sin que hayas pagado o convenido la forma de pago, queda sin efecto: hay que pedir a CFE su actualización, que tiene un costo administrativo, y desde ahí corren otra vez sus plazos de respuesta (A/065, Anexo B, B.5).
- Decides, dentro de esos dos meses, si pagas directamente la aportación o, si la obra es mayor, formalizas antes un convenio con CFE.
- Si el servicio requiere construir una obra (línea de media tensión o subestación) que un tercero entrega a CFE, el trámite sigue el proceso que CFE llama PROTER: en obra menor (hasta dos transformadores o mil metros de línea) el propio solicitante o constructor entrega el proyecto simplificado; en obra mayor, un proyectista designado por el solicitante entrega el proyecto ejecutivo con memoria técnica. En ambos casos CFE revisa el proyecto y, si no contesta en 30 días naturales, éste queda aprobado por afirmativa ficta.
- CFE supervisa la construcción y entrega los acuses conforme el constructor avisa el inicio y la terminación de la obra.
- Al terminar, se entrega el paquete de cierre (planos definitivos, inventario físico valorizado, informes de laboratorio, facturas endosadas y la carta responsiva firmada por cliente y contratista) y CFE formaliza el Acta de Entrega-Recepción.
- CFE emite el Oficio para Contratación, se firma el contrato de suministro y, con el depósito en garantía pagado, se energiza el servicio.
Cómo lo lleva VoltIQ
Dentro del tablero de cada trámite, la fase de Captura incluye "Requisitos para ingresar la solicitud": una lista con los documentos de identidad, predio, fiscales y de proyecto que más se piden según seas persona física o persona moral en media tensión, cada uno con un color según quién lo entrega —Cliente en verde esmeralda, Contratista en ámbar—. Es una lista práctica para armar el expediente y no agota todo lo que menciona esta guía. Cada documento se marca como listo automáticamente al subir el archivo correspondiente.
Los oficios que va emitiendo CFE —acuse, OPO, avisos de obra, acta de entrega— y el pago de la Aportación se guardan como evidencia en las fases siguientes (Gestión inicial, Construcción y Cierre documental); el dictamen UVIE y el depósito en garantía todavía no tienen un paso propio en el tablero: esos los tramitas directo con tu unidad de verificación y con CFE. En la pestaña de Aportación CFE, VoltIQ estima el cargo por kVAs con base en tu carga y demanda, con la regla del Reglamento y, aparte, con la del Acuerdo A/065/2023, pero lo dice en pantalla: no arma el OPO ni el Oficio Resolutivo, eso lo emite CFE con sus propios estudios, incluido el cargo por obra específica que la calculadora no calcula. El trámite ante CFE lo sigues haciendo tú; VoltIQ organiza los documentos, hace la estimación y guarda la evidencia en un solo lugar.
Preguntas frecuentes
¿Toda solicitud nueva en media tensión paga una aportación?
Entra siempre al régimen de Aportaciones, y lo que pagas depende de la obra que necesite tu conexión y de la regla con la que venga tu OPO. Con la regla del Reglamento de Aportaciones, con la que todavía vienen muchos OPO, el cargo por ampliación se suma sólo si tu demanda pasa de 200 kVA; con el Acuerdo A/065/2023 el tope de 200 kVA pasa a un cálculo de valor presente neto.
¿Es distinto el trámite en zona urbana y en zona rural?
El uso de suelo y la constancia de alineación se piden igual en ambos casos. Lo que sí cambia es el plazo del trámite de contratación en media y alta tensión: 3 días hábiles en zona urbana y 5 en zona rural, una vez cumplidos los requisitos.
¿Quién hace el proyecto eléctrico, el cuadro de cargas y el diagrama unifilar?
Los elabora y firma el contratista. No son documentos que tengas que conseguir por tu cuenta como cliente.
¿Cuánto tarda CFE en responder?
Varía según el trámite: hasta 3 días hábiles si pediste el estudio de factibilidad, 10 días hábiles después de entregada la solicitud bajo el régimen de Aportaciones, y 3 a 5 días hábiles (urbano/rural) para la contratación en media y alta tensión propiamente dicha.
¿VoltIQ hace el trámite por mí ante CFE?
No. Tú presentas y das seguimiento al trámite; VoltIQ organiza los documentos por tipo de solicitante, estima el cargo por kVAs y guarda la evidencia de cada oficio que vas recibiendo.
Tu trámite, con sus números y sus plazos en un solo tablero. Haz el diagnóstico gratis: tus kVA, la Aportación con las dos reglas y los plazos de tu caso, sin registro.
Haz el diagnóstico de tu trámite →Fuentes oficiales
- Ventanilla Única Nacional de Energía, trámite 352 — Solicitud de Energía Eléctrica en Media y Alta Tensión para Industria y Espacios Públicos: https://ventanilla.energia.gob.mx/detalle_tramite/352
- Ventanilla Única Nacional de Energía, trámite 353 — Servicios de Energía Eléctrica, susceptible al pago de una cuota (Aportación) por parte del solicitante o usuario: https://ventanilla.energia.gob.mx/detalle_tramite/353
- Ventanilla Única Nacional de Energía, trámite 354 — Autorización de Obras Construidas por Terceros: https://ventanilla.energia.gob.mx/detalle_tramite/354
- CFE Contigo, "Contratación de Suministro Eléctrico en Media Tensión con Demanda Menor a 1MW": https://www.cfe.gob.mx/hogar/infcliente/Documents/contratacionmediatension.pdf
- CFE, Formato 1 oficial — Solicitud de Servicio de Energía Eléctrica bajo el Régimen de Aportaciones: https://www.cfe.gob.mx/negocio/infcliente/Documents/P-B001-014-R-05%20Solicitud%20de%20servicio%20de%20energ%C3%ADa%20electrica%20bajo%20el%20regimen%20de%20aportaciones.pdf
- CFE, Especificación Técnica DCPROTER — Construcción de Obras por Terceros, junio 2014: https://lapem.cfe.gob.mx/normas/construccion/pdfs/R/DCPROTER.pdf
- Reglamento de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica en Materia de Aportaciones (RLSPEEMA), abrogado desde el 26 de enero de 2026 (Acuerdo TERCERO del Acuerdo A/065/2023); todavía es la regla con la que vienen muchos OPO: https://sisproter.cfe.mx/sisprotergob/documentos/regla_ma.pdf
- DOF, Acuerdo CRE A/065/2023, Anexo Único: https://dof.gob.mx/nota_detalle_popup.php?codigo=5715332
VoltIQ es software independiente: no es CFE ni hace trámites en tu nombre.
Equipo VoltIQ. Revisado el 28 de septiembre de 2026.
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